Por seis meses, Marianela Santana deberá cumplir una serie de obligaciones judiciales luego de que este martes la jueza de Garantía Nº4, Luciana Banó, hiciera lugar a la suspensión de juicio a prueba solicitada por su defensa. La mujer fue denunciada por amenazas contra María Inés Olguín, y la magistrada autorizó el beneficio con el consentimiento de la Fiscalía Nº 3, representada por Esteban Roche y María José Guiñazú.
Entre las condiciones impuestas, Santana deberá fijar domicilio y no modificarlo sin aviso; abstenerse de consumir estupefacientes o abusar del alcohol; realizar una reparación económica a la víctima mediante dos pagos de $50 mil; y efectuar tareas comunitarias en la Fundación Hugo Pécorari durante dos años, los días sábados y sin afectar sus obligaciones laborales. Además, deberá donar alimentos a la institución, según lo acordado en la audiencia. También se le prohibió salir del país sin autorización y deberá presentarse mensualmente ante el Juzgado de Ejecución Penal para su control.
La jueza Banó dispuso, además, una prohibición de acercamiento y contacto de 300 metros hacia la víctima por el plazo de seis meses, junto con la prohibición de realizar comentarios sobre ella o referirse públicamente al caso. El cumplimiento de todas las reglas será monitoreado por el Juzgado de Ejecución Penal, con supervisión trimestral del Instituto Provincial de Reinserción Social. Las medidas también serán comunicadas a los organismos correspondientes para asegurar su efectividad.
Los hechos denunciados ocurrieron en 2024 y, tras evaluar los antecedentes del caso, la Fiscalía dio consentimiento para avanzar con una salida alternativa al proceso. La suspensión de juicio a prueba —conocida como probation— es una herramienta que permite interrumpir un proceso penal antes de llegar a juicio, siempre que la persona imputada acepte cumplir determinadas reglas de conducta durante un tiempo establecido.
Si la acusada respeta todas las condiciones impuestas por la Justicia, el caso se dará por finalizado sin llegar a una condena. Si incumple alguna de las obligaciones, el beneficio será revocado y el proceso penal continuará su curso normal.





